1. La Comisión Académica del Programa de Doctorado nombrará a los tutores en el plazo de un mes tras la finalización de la matrícula de entre el profesorado del Programa de Doctorado, formalizándose el citado nombramiento en el aplicativo de doctorado.
  2. La persona que tutorice al doctorando podrá ser coincidente o no con la que la dirija. En el caso de que coincidan, deberá pertenecer como docente al Programa de Doctorado.
  3. El tutor tendrá que velar por la interacción entre el doctorando y la Comisión Académica del Programa de Doctorado, y por la debida adecuación de la formación y de la actividad investigadora del doctorando a los principios del Programa de Doctorado y, en su caso, a las pautas que se establezcan por la Escuela de Doctorado.

Los principales derechos y obligaciones del Tutor se recogen en el Artículo 23 del Reglamento de Régimen Interno y de Buenas Prácticas de la EDULPGC.

Subir