1. Dentro de los seis meses posteriores a su admisión y primera matrícula, el doctorando presentará a la Comisión Académica del Programa de Doctorado, un Plan de Investigación avalado por el tutor y el director de la tesis, a través del aplicativo de doctorado.
  2. El Plan de Investigación incluirá, al menos, el título, la hipótesis, la metodología a utilizar y los objetivos a alcanzar, la coherencia del tema de tesis con una de las líneas de investigación del programa de doctorado, así como los medios y la planificación temporal para lograrlo. Este Plan de Investigación podrá ser modificado para introducir mejoras durante el desarrollo de la Tesis.
  3. La Comisión Académica del Programa de Doctorado resolverá sobre la admisión de dicho Plan de Investigación y emitirá un informe:
    • Si el informe es positivo, se presentará, a través del aplicativo de doctorado, el Compromiso documental de Supervisión.
    • En caso de informe negativo, el Plan de Investigación será devuelto al doctorando, acompañado del informe correspondiente, que deberá incluir una propuesta de medidas de corrección. El doctorando dispondrá de un plazo no superior a seis meses para su nueva presentación.
  4. El Plan de Investigación quedará vinculado al Programa de Doctorado correspondiente y a la unidad competente en estudios de doctorado a la que esté adscrito el Programa de Doctorado.
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