- En el anverso del título de Doctor podrá incluirse la mención «Doctor internacional», cuando en el desarrollo de los estudios de doctorado y en la tesis concurran los siguientes requisitos:
- Que, durante el periodo de formación necesario para la obtención del título de Doctor, el doctorando haya realizado una estancia mínima de tres meses fuera de España en una institución de enseñanza superior o centro de investigación de prestigio, cursando estudios o realizando trabajos de investigación. La estancia y las actividades han de ser avaladas por el director y autorizadas por la Comisión Académica, incorporándolas al documento de actividades del doctorando.
- Que parte de la tesis doctoral, al menos el resumen y las conclusiones, se haya redactado y sea presentada en una de las lenguas habituales para la comunicación científica en su campo de conocimiento, distinta a cualquiera de las lenguas oficiales de España. Esta norma no será de aplicación cuando las estancias, informes y expertos procedan de un país de habla hispana.
- Que la tesis haya sido informada por un mínimo de dos expertos, doctores pertenecientes a alguna institución de educación superior o instituto de investigación no española.
- Que, al menos, un experto perteneciente a alguna institución de educación superior o centro de investigación no española, con el título de doctor, y distinto del responsable de la estancia mencionada en el apartado 1, haya formado parte del tribunal evaluador de la tesis.
- 2. La solicitud de la mención internacional deberá formularse simultáneamente a la presentación de la tesis doctoral para su admisión a trámite, informando para ello a través del aplicativo de doctorado.
La Comisión Académica del Programa de Doctorado correspondiente verificará que el contenido de la tesis reúne los requisitos normativos previstos para su defensa bajo esta modalidad.